«Impulsaré una nueva Ley de Protección contra la Discriminación y por la Igualdad de Trato para educar a los ciudadanos a ser tolerantes en la diferencia», declara. La candidata del PP a la presidencia de la Comunidad de Madrid, Cristina Cifuentes, ha publicado en su blog el anuncio de una nueva Ley de Protección contra la Discriminación y por la Igualdad de Trato, una ley para proteger los derechos del lobby gay y promover su ideología en la sociedad.
Impulsaré una Ley de Protección contra la Discriminación y por la Igualdad de Trato #LGTB http://t.co/3PHhK13vid
— Cristina Cifuentes (@ccifuentes) abril 30, 2015
La decisión de crear esta ley fue tomada, según indica la propia Cifuentes en su blog, después de reunirse con diversas asociaciones de lesbianas, gays, transexuales y bisexuales. La candidata popular ha condenado las agresiones homófobas y ha prometido luchar contra ellas, si obtiene la presidencia de la Comunidad de Madrid. Cifuentes no ha concretado los contenidos de la ley, pero si ha asegurado que servirán para «educar a ser tolerantes con la diferencia» y eliminar «la discriminación por motivo de orientación sexual o identidad de género». También ha garantizado «la promoción de políticas a favor del colectivo de LGTB (lesbianas, gays, transexuales y bisexuales)». Esta ley propuesta por Cifuentes se asemeja mucho a la aprobada por el Parlamento gallego el pasado año, con mayoría del Partido Popular: la «Ley por la igualdad de trato y la no discriminación de lesbianas, gays, transexuales, bisexuales e intersexuales en Galicia». La ley impulsada por Feijóo recogía el compromiso de divulgar las «distintas realidades afectivo-sexuales y de género y los distintos modelos familiares», promover «la visibilidad de las personas LGTB en los lugares de trabajo» y la inclusión «de la realidad LGTB en los planes de estudios». Esta norma al servicio del lobby gay también incluía una definición del concepto de familia: «la derivada del matrimonio, de la unión entre dos personas del mismo o distinto sexo, en relación de afectividad análoga a la conyugal, registrada o no, del parentesco, de la filiación o de la afinidad, y también las unidades monoparentales, formadas por mujeres o hombres, con hijos e hijas a su cargo».